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AGENDA
06/06/2024
19:00 LLIBRERIA CASELLES
31/05/2024
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28/05/2024
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09/04/2024
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22/11/2023
19:00 LLIBRERIA CASELLES
TOP 10 FICCIÓN
Autor:DOOM, ERIN
Autor:GARCIA MARQUEZ, G
3. BLACKWATER II -EL DIQUE/RUSTICA ED.ESPAÑOL
Autor:MCDOWELL, MICHAEL
Autor:MCDOWELL, MICHAEL
Autor:ONEGA, SONSOLES
6. NIÑO, EL -RUSTICA
Autor:ARAMBURU, FERNAND
Autor:CASTILLO, JAVIER
Autor:YARROS, REBECA
Autor:SANTIAGO, MIKEL
Autor:HUANG, ANA
TOP 10 NO FICCIÓN
1. ADIOS A LA INFLAMACION -COMO PREVENIR Y TRATAR ENFERMEDADES.
Autor:..MOÑINO, SANDRA
Autor:ROJAS ESTAPE, MARIAN
Autor:STEVENSON, GARY
7. NIÑO QUE SE ENFADO CON LA MUERTE, EL -CLAVES PARA ENTENDER
Autor:Y .BENITO, ENRIC
Autor:GARCIA, BOTICARIA
Autor:PUIG, MARIO ALONSO
Librería Temática / Derecho
DELITOS SOCIETARIOS - COMENTARIOS A LOS ARTICULOS 290 A 297 DEL CODIGO
No Disponible
DELITOS SOCIETARIOS - COMENTARIOS A LOS ARTICULOS 290 A 297 DEL CODIGO
Derecho
Autor:REMON/FLORES
Editorial:BOSCH
Colección:WOLTERS KLUWER
ISBN:978-84-9090-186-1
El tráfico patrimonial adquiere cada vez mayores tintes de complejidad, lo que se traduce, lógicamente, en la creciente diversidad de los problemas que se suscitan y que tratan de solventarse con la norma jurídica. Lo anterior no obliga a un profundo análisis del entramado normativo, lo que se hace más necesario cuando en el mismo coexisten institutos que hasta hace poco tiempo se alzaban como compartimentos estancos que tenían como común denominador su integración en un ordenamiento único. Los delitos societarios son ejemplo paradigmático de lo que se dice, pues en los tipos de injusto contemplados por el legislador se mezclan supuestos fácticos privativos del Derecho de Sociedades a los que la norma anuda consecuencias propias del derecho punitivo. A esa duplicidad de ordenamientos, se añade una duplicidad procedimental, pues tradicionalmente las contiendas surgidas en el ámbito societario encontraban su solución no solo con arreglo a categorías societarias sino en el seno de procedimientos comunes, alejados de la jurisdicción penal. Así las cosas, se hace imprescindible deslindar en cada uno de tales supuestos cuándo debe ser resuelto con arreglo a su ordenamiento tradicional y por jueces ordinarios y cuándo su análisis y solución deben partir de categorías propias del ius puniendi y residenciarse en órganos jurisdiccionales penales.

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